En este portal interactivo hacemos disponible todo lo requerido en la ley general de Libre Acceso a la Información Pública Ley 200-04 y el decreto No. 130-05 que crea el reglamento de la ley.
Articulo 5.- "se dispone la informatización y la incorporación al sistema de comunicación por internet, o a cualquier otro sistema similar que en el futuro se establezca, de todos los organismos públicos centralizados y descentralizados del estado, incluyendo el Distrito Nacional y los Municipios, con la finalidad de garantizar a través de éste un acceso director del público a la información del estado."
Todos los poderes y organismos del estado deberán instrumentar la publicación de sus respectivas "Paginas Web" a los siguientes fines:
Difusión de Información: Estructura, integrantes, normativas de funcionamiento, proyectos, informes de gestión, base de datos;
Centro de Intercambio y Atención al Cliente o Usuario: Consultas, quejas y sugerencias;